Medidas que se adoptan para aquellas empresas que no hayan presentado un ERTE total de su plantilla y para aquellos autónomos que no hayan solicitado la prestación por cese de actividad
Los autónomos y empresas que no tengan deudas ni aplazamientos vigentes con Seguridad Social,pueden solicitar las siguientes moratorias o aplazamientos:
HASTA EL 10 DE ABRIL DE 2020:
Seguros sociales de trabajadores del mes de marzo de 2020 (que se suelen pagan a finales de abril): APLAZAMIENTO EN VARIOS MESES CON EL 0,5% DE INTERÉS O MORATORIA SIN INTERÉS PARA PAGAR EL RECIBO EN EL MES DE NOVIEMBRE.
- Cuota de autónomo del mes de Abril de 2020: APLAZAMIENTO DE LA CUOTA CON EL 0,5% DE INTERÉS.
HASTA EL 10 DE MAYO DE 2020:
- Seguros sociales de trabajadores del mes de abril de 2020 (que se suelen pagan a finales de mayo): APLAZAMIENTO EN VARIOS MESES CON EL 0,5% DE INTERÉS O MORATORIA SIN INTERÉS PARA PAGAR EL RECIBO EN EL MES DE DICIEMBRE.
- Cuota de autónomo del mes de Mayo de 2020: APLAZAMIENTO DE LA CUOTA CON EL 0,5% DE INTERÉS O MORATORIA SIN INTERÉS PARA PAGAR EL RECIBO EN EL MES DE DICIEMBRE.
HASTA EL 10 DE JUNIO DE 2020:
- Seguros sociales de trabajadores del mes de mayo de 2020 (que se suelen pagan a finales de junio): APLAZAMIENTO EN VARIOS MESES CON EL 0,5% DE INTERÉS O MORATORIA SIN INTERÉS PARA PAGAR EL RECIBO EN EL MES DE ENERO 2021.
- Cuota de autónomo del mes de Junio de 2020: APLAZAMIENTO DE LA CUOTA CON EL 0,5% DE INTERÉS O MORATORIA SIN INTERÉS PARA PAGAR EL RECIBO EN EL MES DE ENERO 2021.
Si necesitas mas información: info@marbelaw.com